A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Caja De Compensacion Familiar Compensar·Demandado Ministerio De Proteccion Social Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de reparación directa que formuló Compensar EPS en contra de la Nación, el Ministerio de Salud y Protección Social y otros, con el objeto de reclamar el pago de una millonaria suma de dinero por los perjuicios materiales que les causó la falta de reconocimiento y pago de recobro referentes a cobertura y suministro de medicamentos no incluidos en el POS (hoy PBS), y el pago de un porcentaje por gastos administrativos de recobro.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se decidió conforme a la regla que estable que, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros de servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS, hoy PBS, corresponde a los jueces de lo contencioso administrativo, en virtud de lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 104 del CPACA.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para que continúe con el trámite del proceso conforme con las reglas de transición desarrolladas en el Auto 1942/23, y para comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por Compensar EPS en contra de la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social y otros.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2322 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para que continúe con el trámite del proceso conforme con las reglas de transición desarrolladas en el auto 1942 de 2023, y para comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.